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jueves, 15 de diciembre de 2011

Congreso de la República aprobó ley que formaliza espectáculos públicos que presentó MinCultura


15 de diciembre de 2011

• La norma fomentará esa actividad en Colombia y permitirá, entre otros beneficios, que los empresarios paguen menos impuestos y reducir trámites.
• Las actividades relacionadas no serán gravadas con IVA y se crea un fondo dirigido al mantenimiento y construcción de escenarios.
La medianoche del 14 de diciembre de 2011 cambió definitivamente la historia de los espectáculos artísticos en Colombia: el Congreso de la República aprobó la ley que formaliza esa actividad en el país.

El proyecto de ley fue presentado por el Ministerio de Cultura y liderado por la Ministra Mariana Garcés Córdoba, en un proceso de permanente consulta y concertación con representantes de ese sector y de entidades públicas de los ámbitos local, regional y nacional.

Entre los aspectos más importantes de la nueva ley, que pasa ahora a sanción presidencial, está la disminución del impuesto de renta para los artistas que quieran presentarse en el país, del 33 al 8 por ciento. Así, esa reducción de la carga tributaria se verá reflejada en un aumento del número de conciertos de artistas extranjeros.

Menos trámites

La ley reduce significativamente los trámites que se requieren para desarrollar espectáculos artísticos en el país, incluso para empresarios y artistas extranjeros.

En la actualidad, para cualquier evento se requieren en promedio 24 trámites, por lo que muchas veces los empresarios prefieren no realizar sus actividades en el territorio nacional.
Ahora solamente serán cuatro requisitos: contar con una plan de emergencia para la prevención y mitigación de riesgos, que en cada distrito o municipio definirá la autoridad competente (sin que esto cambie el Código de Policía); cumplir con las condiciones sanitarias y ambientales definidas en la ley 2811 de 1974; contar con un concepto técnico del comportamiento estructural y funcional del escenario; y cumplir con la normativa referente a la intensidad auditiva, horario y ubicación señalados por la autoridad competente.

Se crea asimismo el Registro de Empresarios del Espectáculo Público, con lo que se legaliza su actividad. También nace la ventanilla única, en la que un empresario o cualquier entidad pública que quiera realizar un espectáculo podrá diligenciar todo lo relacionado con su solicitud. Para facilitar el proceso, la ley recupera la figura del Código Contencioso Administrativo denominada ‘silencio administrativo positivo’ para garantizar que la persona que radica su solicitud tenga una respuesta rápida.

Otra de las novedades de la ley es la creación de la figura del ‘escenario habilitado’ que busca que quienes ya hayan obtenido la autorización para la realización de espectáculos (que será de dos años) no deban repetir trámites. Por ejemplo, si un teatro está habilitado y ya estableció y certificó su número de sillas o de salidas no debe volver a hacerlo para cada evento.

Cabe decir que los servicios prestados para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas definidos en la nueva ley, no pagarán IVA.

La norma también crea una contribución parafiscal del 10 por ciento a los ingresos de la boletería de espectáculos públicos que sea igual o superior a 3 UVT (lo que hoy da, aproximadamente, 75.000 pesos), que estará destinada al mantenimiento y construcción de nuevos escenarios dedicados a los espectáculos artísticos.

Los recursos de esta contribución serán recaudados por el Ministerio de Cultura, entidad que los trasladará a las secretarías de hacienda de los municipios o distritos, y estas, a su vez, asignarán los recursos a las secretarias de cultura para que sean destinados a inversión en infraestructura en los escenarios en los cuales se realicen espectáculos públicos de las artes escénicas.

El proyecto tuvo como ponentes en la Cámara al presidente de esa corporación, Simón Gaviria Muñoz, y a los también representantes Ángel Custodio Cabrera Báez y Orlando Clavijo Clavijo. En el Senado, los ponentes fueron los senadores Gabriel Zapata Correa y Bernardo Elías Vidal.


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